El Derecho se clasifica en:
• El Derecho sustantivo: se refiere al conjunto de normas que establece los derechos y obligaciones de los sujetos que están vinculados por el orden jurídico establecido por el estado.
• El Derecho adjetivo: por su parte lo integran aquellas normas también dictadas por el órgano competente del estado que permitan el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes que se establecen con el derecho sustantivo.
DERECHO SUSTANTIVO:
Desde otro punto de vista, el Derecho sustantivo regula y fundamenta directamente el contenido de los deberes y facultades: el Derecho civil, el Derecho penal, el Derecho mercantil etc.. Así pues el Art. 185 del código civil consagra cuales son las causas de divorcios. Se tiene que este dispositivo es simplemente sustantivo. Al Derecho penal sustantivo también se le denomina Derecho penal de materia y es el que se consagra en el código penal. Cabe mencionar que el Derecho penal sustantivo es la parte estática o imagen sin movimiento, en tanto que el derecho penal adjetivo es la parte dinámica o imagen en movimiento.
Ejemplos de derecho sustantivo:
• Normas que declaran la mayoría de edad.
• Derechos del acreedor.
• Obligaciones de deudor.
El Derecho sustantivo es el conjunto de normas que pueden ser reconocidas y admitidas a través de diferentes sistemas jurídicos dando seguridad y certeza a los sujetos.
El Derecho sustantivo es el que trata sobre el fondo de la cuestión, reconociendo derechos, obligaciones etc. Es aquel que se encuentra en la norma que da vida a una determinada figura jurídica, acto jurídico o figura típica, impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad, también esta relacionado con el Derecho procesal, las normas procésales, plazos sustantivos etc. Por ejemplo, en materia penal podemos ver que el derecho sustantivo penal dice “aquel que prive de la vida a otro se le aplicara por pena”.
Este regula el deber ser, el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad.
Por ejemplo:
La norma según la cual aquel que cause un daño a otro, debe repararlo, es una típica norma de Derecho sustantivo o material, porque impone una obligación jurídica de reparación o indemnización a favor de la victima, por parte de aquel que realizo contra ella el hecho ilícito.
DERECHO ADJETIVO:
Son las normas destinada a garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones consagradas por el derecho sustantivo.
Por ejemplo:
• Derecho a seguro social.
• Derecho a la salud.
• Derecho a la educación.
• Derecho al voto.
• Derecho a la autoría.
• Acceso a la justicia.
• Libertad sindical.
Estos son, Derechos civiles… Podemos destacar que se señala la forma en la que se va a hacer valer el derecho contenido en el Derecho sustantivo, y ambos crean un cuerpo de leyes que se complementan, pues sin uno el otro no tendría vida. Este establece el procedimiento para ejecutar o hacer valer tales derechos y que la doctrina universalmente ha consagrado como el Derecho procedimental como es el caso de Derecho procesal civil, penal o laboral. Esta conformado por las normas que regulan el proceso, que es, a su vez, el mecanismo para realizar al Derecho sustantivo.
Para explicar esto se usará este ejemplo:
Pedro insulta a Rodrigo en una entrevista que concede en un periódico, donde lo tilda como una persona de malas costumbres, embustero y mal padre. Rodrigo le reclama a pedro el pago de una indemnización por ese hecho ofensivo y que se retracte públicamente, pero pedro no lo hace. Surge en ese momento la posibilidad para Rodrigo de demandar a Pedro para obtener las indemnizaciones correspondientes; las normas adjetivas regulan en este caso, los requisitos y formas que debe cumplir Rodrigo para demandarlo, el juez competente para conocer de la demanda, las condiciones de admisibilidad de la acción, el emplazamiento y citación del demandado, las defensas que puede oponer, como se realizara la actividad probatoria, los requisitos de la sentencia y los recursos que pueden interponerse contra ella, entre otras múltiples materias.
Código de procedimiento civil:
Artículo 233. Cuando por disposición de la ley sea necesaria la notificación de las partes para la continuación del juicio, o para la realización de algún acto del proceso, la notificación puede verificarse por medio de la imprenta, con la publicación de un Cartel en un diario de los de mayor circulación en la localidad, el cual indicará expresamente el Juez, dándose un término que no bajará de diez días. También podrá verificarse por medio de boleta remitida por correo certificado con aviso de recibo, al domicilio constituido por la parte que haya de ser notificada, conforme al artículo 174 de este Código, o por medio de boleta librada por el Juez y dejada por el Alguacil en el citado domicilio. De las actuaciones practicadas conforme a lo dispuesto en este artículo dejará expresa constancia en el expediente el Secretario del Tribunal.
¿En que se diferencian el Derecho sustantivo del Derecho adjetivo?
El sustantivo es la norma consagratoria de un derecho. En cambio el Derecho adjetivo lo constituye el mecanismo procedimental que permite hacer valer ese derecho o darle efectividad a esa relación. Las normas de procedimiento civil en sus artículos 754 al 761, ambos inclusive determinaran como proponer la demanda de divorcio como fundamento en la causal que se ha escogido del articulo 185 del código civil, así como los actos para obtener finalmente en la decisión judicial que acuerde o no el divorcio solicitado.
¿Cuál es más importante, el Derecho Penal Sustantivo o el Adjetivo Penal?
Ambos son caras de una misma moneda, pues el Derecho Sustantivo regula el delito y por lo tanto manda que se persiga; Y el Adjetivo, establece el procedimiento para perseguir el delito. El uno no se puede aplicar sin el otro, no se pueden separar. Así, si se comete un homicidio (hecho regulado por el Sustantivo), se perseguirá en el juicio correspondiente (procedimiento regulado por el Adjetivo).
queria felicitar a quien escribio este articulo, aunque apenas estoy empezando a estudiar la carrera me parecio muy importante y sobre todo facil de entender muchas gracias
uff exelente¡¡ gracias¡¡¡
me ayudo mucho¡¡
Excelente, muy buena explicación.
Gracias por tu explicación muy lucrativa.
Estoy en primer ciclo de Derecho,pero agradesco al autor de este informe, que me sirvio de ayuda, muchas gracias; y espero que publique también informes así de importantes respectos a otros ámbitos del derecho, otra ves gracias me sirvio de mucho!
¡Extraordinariamente agradecido! 10 definitivo.
ES UNA BUENA FORMA DE EXPLICAR LOS DIFERENTES DERECHOS.
LO FELICITO, ENTENDI
GRACIAS
Gracias,me sirvio mucho tu explicacion…saludos
el derecho es facil entenderlo con explicaciones pedagojicas sencillas como esta, felicitaciones y gracias.
esta exelente este articulo de verdad me sirvio demaciadoo muchas gracias ..!! =D
son muy buenos los ejemplos que expones para aclarar mas las definiciones… muy bueno.
quien es la de la foto?
Quisiera saber: ¿Si el derecho Subjetivo es lo mismo que derecho sustantivo?
Hola Johnny Castillo, felicitaciones por la brillante exposición que hiciste de ambos Derechos, me ayudo mucho a entender la diferencia de cada uno. Agradecerte también por el lenguaje sencillo que usaste para fundamentar tu articulo, ayuda a la fácil comprensión a los estudiantes que recién nos integramos a una nueva vida del Derecho por así decirlo. Sin más que decir me despido y felicitándote una vez más por tu Articulo (espero que publiques otros más con la misma sencillez). Cuídate mucho.
😀 thx
uuuuuuuuffffff que buena explicación mejor imposible felitaciones espero y publiques otros temas tan buenos como este…
ta bn bn
La verdad, muy buen articulo, sobre todo por el lenguaje sencillo que utiliza, accesible y entendible a todos los que lo consultan. en hora buena y gracias…
excelete esplicacion muy bien
muchisimas gracias estuvo buena su explicaion
Hola! Felicidades al autor, esta muy completo y entendible.
P.d. La abogacía no es para pusilánimes y apáticos, si no para hombres y mujeres que amen esta profesión!!
Super bien la explicacion,entendi completamente super gracias…
Creo que su contribución al conocimiento es muy valedera y muy importante. Que este pequeño comentario engrandezca y fortifique tus esfuerzos. Sigue adelante con tu trabajo de edificación
HOLA……… le doy gracias alas personas que publicaron este tema………alos estudiantes de derecho nos sirve mucho y considero que las personas que lo publicaron son inteligente por decirlo asi …….. ami por lo menos me sirvio mucho para hacer un trabajo sobre los diferentes tipos de derecho…………….CHAOOOO que esten bien y GRACIAS por todo
Me gusta la forma en la que se a descrito el tema, se da de forma natural, resulta muy fácil digerir cuanto hace a su redacción y aplicación de casos concretos; y toda vez que los seres humanos adquirimos conocimientos más rápidamente cuando se trata de asuntos relacionados con la experiencia, creo que el que lea este artículo, jamás olvidará la descripción de ambos coceptos…. Muchas gracias. Me fue de mucha utilidad.
mi agradecimiento a la persona o personas que editaron este articulo , comprensible y sencillo sin perder su lucidez..
super!!!!la explicacion esta clara muy clara, gracias no todos tienen la habilidad para explicar algo, felicidades, y gracias me sirvio mucho
HOLA……… Le doy gracias a las personas que publicaron este tema………a los estudiantes de Derecho nos sirve mucho y considero que las personas que lo publicaron son inteligentes por decirlo asi …….. A mi por lo menos me sirvio mucho para hacer un trabajo sobre los diferentes tipos de Derecho…………….CHAOOOO que esten bien y GRACIAS por todo.
por favor…. podrias decirme de que fuente fue tomada la informacion… me ha servido de mucho muchas gracias… pero en verdad necesito la fuente….
Gorrondona, Introduccion al Derecho.
Gracias el contenido me sirvio de mucha ayuda…Dios Bendiga qien lo publico
hola en este momentos no contaba con ayuda y me conecte y fue mi solución
verdad muy conforme por la ayuda.
Demasiado bueno este artículo.. Mil felicitaciones y muchísimas gracias, de verdad me sirvió de mucho. Saludos.
muy buen articula la verdad justo lo que necesito para complementar mi tarea y aprender mas sobre mi carrera
MUY BUENO
Gracias es muy concreto, facilita la comprensión del tema………
muy bueno
Muchas gracias, realmente de mucha utilidad . Se nota que son buenos juristas.
Deseo Felicitar a la persona que realizó éste artículo, muy digerible, me ayudo a introducirme al tema y a realizar mi tarea
Gracias!!!
Deja un muy explicito conocimiento en materia esta muy bueno felicito al autor…
paginas así son las que de verdad deberían existir muy didáctica para el aprendizaje mas cuando apenas se esta comenzando en el ámbito jurídico….
muy buena la pagina
muy buenos los ejemplos
DE VERDAD MUY BUENOS. DIOS BENDIGA EL QUE ESCRIBIO EL ARTICULO.
Buenas tardes muy bueno el apunte pero no estoy segura si el derecho Penal Especial haga parte de esa división en el derecho penal… y cuando se habla de derecho subjetivo y objetivo… eso es division del derecho penal? gracias
me encanto porque se entiende muy bien y pude resolver mis dudas a si que lo felisito
me gusto mucho te felcito gracias
FELICITACIONES, EXCELENTE DEFINICIÓN
.
Hola, gracias por tu valiosa aportación, estoy estudiando Introducción al Derecho y la verdad no había encontrado nadie que explicara tan bien como tu las diferencias entre el derecho adjetivo y el subjetivo.
Mil gracias por tu esfuerzo!!!
hola estas lineas de saber sobre derecho en verdad para mi entendimiento abrieron un panorma amplio y racional sobre estos temas gracias angel.
GUAU….ESTA SUPER EXELENTE DOY GRACIAS A LA PERSONA QUE ESCRIBIO ESTE ARTICULO , ME AYUDO BASTANTE ES LO MEJOR QUE E ENCONTRADO ….. FELICIDADES .
M e parecio muy didactica la explicacion
gracias es forma sencilla pero clara los ejemplos son buenos luego no entiende uno los terminos juridicos hojala asi en señaran en las universidades
Muy bien planteado el tema sobretodo me ayudaron mucho los ejemplos grasias por. Este material
Considero que has dado una explicación clara y sencilla de las definiciones de derecho sustantivo y adjetivo gracias mes sacastes del Limboen que me encontraba al respecto
excelente teoria ,faci de entender y me ayuda a entender y a perfeccionar mis conocimientos
buenisimo, ya esoty por graduarme y ahorita entiendo…… graciass
Super bueno el articulo , muchas gracias me sirvió un montón para hacer un análisis acerca de derecho sustantivo y adjetivo.
Reblogged this on Hajjah Umm Amir.
muy bueno grasias de trujillo peru
Saludos!! deseo felicitarte por tan atinada corta y clara descripcion, lo hiciste tan facil que hasta da gusto leerlo. A la vez manifestar que aparte de ser tan precisa y clara, eres muy hermoza segun muestra la foto. Abogada y belleza todo en una. Dame tu email para escribirte. Ciaooo, Will Ch.
muy bien este articulo es muy bueno para mi gracias
La que comento que la explicacion fue lucrativa, le digo que no es el termino ya que lucrativa trata del valor economico, en cambio debio utilizar el termino muy ilustrativa…. Y si la informacion es excelente…
excelente articulo, muy fácil de entender
excelente, esta muy claro
El articulo es bueno pero excesivamente adornado casi tan adornado como camion de maracucho o mejor decir tan adornado como una sentencia del tsj.
excelente…
¿quién me podría explicar brevemente la diferencia que existe entre D. sustantivo y D. adjetivo? Desde mi punto de vista tienen mayor semejanza que diferencia, pero si alguien sabe, por favor me escribe deisy9051@hotmail.com … Gracias
Muy bien explicado, gracias
me ilustra estoy en curso de Derecho penal
felicidades y gracias por la explicación, los ejemplos en estos casos son importantes así nos queda mas claro espero nos siga ayudando.
GERGOM Septiembre 02 de 2013
GRACIAS EXCELENTE COMENTARIO MUY EXPLICITO
Muy esclarecedor y fail de comprender. No deja lugar adudas. felicito a todos los estudiantes que han entrado en contacto con esta publicacion. se llevqan un conocimiento bien preciso e inconfundible para diferenciar al Derecho Sustantivo del adjetivo. Es una forma clara y sencilla de trasmitir un conocimiento. Gracias.
Bastante explicito sin ambigüedad mejor imposible sigue así, gracias
gracias por la informacion fue muy claro saludo
perfecto
Excelente explicacion. mil gracias
excelente y muy nutrida explicacion- felicitaciones
Mil gracias por fin entendí este tema que me tenia trancada mil felicitaciones al autor muchas gracias por su valioso aporte.
Simples y elegantes definiciones que contribuyen a una explicación sencilla y comprensible, gracias.
saliendo de dudas siempre me ubicarque que el derecho sustantivo es aquel que sustenta la norma es decir los codigos organicos, {el delito] y el adjetivo que crea los mecanismos como aplicar esa norma juridica [en esos delitos]
La informacion me fue mucha utilidad
por favor que me pueden informar sobre unas sentencias o jurisprudencias que tratan del tiempo que hay enter los conyugues de separados para que al solicitar la demanda de divorcio se sentencia en tiempo recor por que me lo comentaron que salieron esas sentencias
Muy bien, busque un poco y encontre paginas con exactamente el mismo contenido entre ellas. Copian y pegan en otras paginas. Que mal. Felicidades y gracias por la explicacion
Muchísimas gracias por esta información. Me ha servido para aclarar las palabras inentendibles de mi libro de introducción al derecho.!!!!
juan c bolbon
gracias por la informacion esta exelente muy explicativa , Muchas felicitaciones y deseo exito en tu carrera
Muchas gracias, me gusta la manera en que resumen los conceptos, saludos.
Excelente explicación ; sencilla; pero muy profunda..
muy buena explicación concreta y concisa sin paja, porque en ocasiones nos encontramos con definiciones un tanto complicadas y que no hacen relación un tema con otro y realmente esto es el derecho.
MUCHAS GRACIAS MUY BUENA EXPLICACION
BIEN PERRITO HICE LA TAREA DE AQUi todo encrispao
gracias por la información pero quisiera mas información acerca de este tema gracias. urgente
si tienes razon